Acuerdo de Paz no podrá ser modificado en 12 años: Corte Constitucional

Por: 
Redacción Generación Paz

Después de un largo e intenso debate en la Corte Constitucional, el alto tribunal dijo que el Acto Legislativo 02 de 2017 es constitucional. Esto es que el Acuerdo de Paz será protegido para que nadie pueda modificarlo durante tres periodos de gobierno presidencial. Así lo relató El Espectador:

 

Después de más de tres mes de debate en la Corte Constitucional sobre si el Acto Legislativo 02 de 2017 era constitucional o no, el alto tribunal acaba darle el aval unánime  a este tema, primordial para el proceso de paz. Se trata de la norma en la que se plasmó lo que se ha conocido como el blindaje jurídico del Acuerdo de Paz. Después de varias sesiones de votación, el resultado fue aprobar todo el acto tal y como fue presentado en la Corte. (Recta final en la Corte Constitucional en temas de paz) 

“La Corte determinó que la incorporación del Acuerdo al ordenamiento jurídico exige su implementación normativa por los órganos competentes y de conformidad con los procedimientos previstos en la Constitución”, explicó el alto tribunal mediante un comunicado de prensa, en donde además resaltó que los magistrados Alberto Rojas, Antonio José Lizarazo y José Fernando Reyes aclararon su voto.

"La Corte también hace unas precisiones importantes en torno a interpretaciones posibles de ese Acto Legislativo y señala que (...) el Acuerdo no tiene en sí mismo un valor normativo, sino que requiere su incorporación a la Constitución como se ha venido haciendo, a través de reformas constitucionales o de normas con fuerza de ley, sean leyes aprobadas por el Congreso o los decretos que el presidente ya aprobó", explicó el presidente de la Corte, el magistrado Luis Guillermo Guerrero, al divulgar la decisión del alto tribunal. 

La votación estuvo trabada desde el comienzo del debate. Los magistrados Carlos Bernal, Antonio José Lizarazo y Gloria Ortiz apoyaron la ponencia del presidente de la Corte, Luis Guillermo Guerrero, quien planteó que es inconstitucional el obligar a futuros gobiernos a respetar lo acordado en La Habana. Los que no estuvieron de acuerdo con esa posición fueron Alejandro Linares, Diana Fajardo, Alberto Rojas, Cristina Pardo y José Fernando Reyes Cuartas. (Lea: Blindaje para la paz)

La intensa discusión dentro de la Sala Plena mantuvo la votación cuatro a cuatro durante varias semanas, cuando el magistrado Reyes todavía no había llegado al tribunal y cuando el impedimento de Pardo no se había resuelto. En agosto pasado, cuando todavía no había una mayoría clara, trascendió la idea de que para tomar una decisión de fondo, debían esperar a que Reyes se posesionara. 

Y así fue. El pasado 6 de septiembre, con Reyes en su primera Sala Plena, los magistrados votaron y negaron el impedimento que había presentado Pardo -por haber sido la secretaria jurídica del presidente Santos-, permitiéndole así votar en el debate. Después de tomar esa decisión, los magistrados salieron a un receso al medio día para que, a su retorno, discutieran por última vez los detalles y alcances de la ponencia de Guerrero. 

Pero el calculo salió mal. Al regresar del receso, la secretaria de la Corte les informó que habían llegado dos recusaciones de la exministra y candidata presidencial, Martha Lucía Ramírez, en contra de los magistrados Antonio José Lizarazo y Cristina Pardo, y que, antes de seguir con al discusión de la ponencia, debían resolverlas. (Corte suspende decisión del blindaje jurídico del Acuerdo de Paz por recusación a magistrados)

Fue así como el alto tribunal suspendió el debate para estudiar las peticiones de Ramírez y, hasta la Sala Plena de hoy, los magistrados retomaron el debate jurídico que presentó Guerrero en su ponencia.  Así las cosas, la decisión de  los nueve magistrados de la Corte Constitucional fue avalar el acto legislativo 02 de 2017 en su totalidad